Una empresa internacional dedicada a soluciones informáticas fue condenada a pagar 64.684 pesos a un trabajador al que despidió porque había cuestionado por e-mail a una empleada con un cargo superior al suyo.
El fallo consideró que las críticas por correo electrónico al desempeño de la empresa no constituyen una causal justa de despido y que impedir el comentario es una violación de la libertad de expresión del trabajador que pretendía expresar con él su "preocupación" por la marcha de la compañía.
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